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Qué hacer después de un accidente de tránsito

Los pasos de las primeras horas y la documentación que necesita para reclamar daños físicos y materiales.

, por Vertex Abogados

Lo que haga en las primeras horas después de un choque define buena parte del reclamo posterior. Estos son los pasos que recomendamos, en orden.

En el lugar del hecho

  1. Atienda primero a las personas. Si hay heridos, llame al 911 o al servicio de emergencias de su ciudad (107 en CABA). No mueva a nadie salvo peligro inmediato.
  2. Señalice el lugar con balizas para evitar un segundo choque.
  3. Intercambie datos con el otro conductor: nombre y DNI, licencia de conducir, patente, compañía de seguros y número de póliza. Todo vehículo debe tener seguro obligatorio de responsabilidad civil.
  4. Saque fotos de los vehículos, sus posiciones, las patentes, los daños, las señales de tránsito y el estado de la calle.
  5. Anote testigos: nombre y teléfono de quienes vieron el choque. Más adelante es muy difícil encontrarlos.

En los días siguientes

  • Denuncie el siniestro a su aseguradora dentro de los tres días (Ley de Seguros 17.418, artículo 46). Fuera de ese plazo, la compañía puede rechazar la cobertura.
  • Si hubo lesionados, haga la denuncia policial o pida copia de las actuaciones si intervino la policía.
  • Haga una consulta médica aunque se sienta bien: algunas lesiones aparecen días después y sin un registro temprano es difícil probar que vienen del accidente.
  • Si el accidente ocurrió yendo o volviendo del trabajo, avise a su empleador: puede corresponder la cobertura de la ART.

Documentación para el reclamo

  • Copia de la denuncia de siniestro y de la denuncia policial.
  • Fotos, datos de testigos y del otro conductor.
  • Certificados médicos, estudios y comprobantes de gastos (remedios, traslados, kinesiología).
  • Presupuestos o facturas de reparación del vehículo.
  • Recibos de sueldo o constancias de ingresos, si perdió días de trabajo.

Plazos

El reclamo de daños por responsabilidad civil prescribe a los tres años desde el accidente (Código Civil y Comercial, artículo 2561). Antes de iniciar el juicio, en la mayoría de las jurisdicciones hay que pasar por una mediación prejudicial obligatoria.

Este artículo es información general y no reemplaza el análisis de su caso. En Vertex Abogados evaluamos su reclamo en la primera consulta, sin cargo, y en muchos casos trabajamos con pacto de cuota litis.